Reorganiza tu grupo

Reestructuración empresarial con neutralidad fiscal

¿Ya tienes una o varias sociedades? Las situamos bajo una holding mediante canje de valores o aportación no dineraria, sin que tengas que tributar por la operación.

Reorganizar sin desmontar

Reestructurar no significa cerrar ni empezar de cero. Significa reorganizar la propiedad de tus sociedades para que dejen de colgar directamente de ti y pasen a hacerlo de una holding que tú controlas. Tus negocios siguen funcionando igual; lo que cambia es quién los posee y cómo se protegen.

Las dos vías más habituales

Canje de valores

Aportas las participaciones de tus sociedades a la holding y, a cambio, recibes participaciones de la propia holding. Así la holding pasa a ser la matriz y tú, socio de la holding. Es la vía típica cuando ya controlas las sociedades que quieres agrupar.

Aportación no dineraria de participaciones

Aportas tus participaciones al capital de la holding como aportación no dineraria. El efecto es similar: la holding se convierte en titular de las filiales. La elección entre una y otra depende de tu porcentaje de control y de la configuración del grupo.

Ambas operaciones pueden acogerse al régimen fiscal especial (FEAC) y realizarse con neutralidad fiscal, es decir, sin aflorar la plusvalía en ese momento. Cómo lo aplicamos y aseguramos →

La clave: valoración y motivos económicos válidos

Cuando Hacienda revisa una reestructuración comprueba dos cosas: que las participaciones estén correctamente valoradas y que la operación responda a motivos económicos válidos —una razón empresarial real, más allá del mero ahorro fiscal. Si no puedes acreditarlo, se pierde la neutralidad.

Por eso soportamos cada operación con un informe pericial visado por ASPEJURE, que valora las participaciones para el canje y documenta esos motivos económicos. Es la diferencia entre afirmar y poder demostrar.

Otras operaciones de reorganización

  • Constitución de holding sobre grupos ya existentes.
  • Reorganización de sociedades familiares y de grupos con varios socios.
  • Separación de líneas de negocio o de activos inmobiliarios.
  • Preparación de la estructura para la entrada de inversores o para una venta futura.
Preguntas frecuentes

Sobre la reestructuración empresarial

¿Voy a tener que pagar impuestos por reorganizar mis sociedades?

Si la operación se acoge correctamente al régimen FEAC y se acreditan los motivos económicos válidos, no se tributa en el momento de la reorganización: la plusvalía queda diferida. Nosotros sustentamos esa neutralidad con informe pericial.

¿Qué diferencia hay entre canje de valores y aportación no dineraria?

En el canje aportas participaciones y recibes participaciones de la holding; en la aportación no dineraria aportas las participaciones al capital de la holding. La vía óptima depende de tu porcentaje de control y de la estructura del grupo.

¿Mis empresas seguirán funcionando igual?

Sí. La actividad de cada sociedad continúa sin cambios. Lo que se reorganiza es la propiedad: las participaciones pasan a estar en manos de la holding.

Sitúa tus sociedades bajo una holding

Con neutralidad fiscal y respaldo pericial. Cuéntanos tu estructura actual.