La inspeccion de la AEAT a la holding: riesgos y estrategia de defensa

La inspeccion de la holding por la AEAT: areas de mayor riesgo

La Agencia Estatal de Administracion Tributaria (AEAT) presta especial atencion a las estructuras holding en sus planes de control tributario, porque son vehiculos que pueden utilizarse para diferir o eliminar cargas fiscales que de otro modo tributarian a tipos mas elevados. Las areas de mayor riesgo de inspeccion para una holding son las siguientes: la correcta aplicacion de la exencion del articulo 21 LIS (verificando que los requisitos de participacion, periodo de tenencia y tributacion minima de las filiales se cumplen en cada dividendo o transmision), la correcta valoracion de las operaciones vinculadas con las filiales (precios de transferencia), la acreditacion del motivo economico valido en las operaciones de reestructuracion acogidas al FEAC, el cumplimiento del requisito de actividad economica en el test de actividad para la exencion de empresa familiar en el IP y el ISD, y la deducibilidad de los gastos financieros cuando la holding tiene deuda para financiar la adquisicion de las filiales.

La inspeccion del FEAC: cuando la AEAT deniega la neutralidad fiscal

La AEAT puede denegar la aplicacion del regimen FEAC a una operacion de reorganizacion de la holding si concluye que la operacion carece de motivo economico valido y obedece exclusivamente a finalidades fiscales. La consecuencia de la denegacion es la tributacion ordinaria de la operacion: el canje de valores que dio lugar a la holding generaria una ganancia patrimonial en el IRPF del aportante calculada como diferencia entre el valor de mercado de las participaciones recibidas en la holding y el valor fiscal de las participaciones aportadas; la fusion o escision que el grupo habia acordado como parte de su reorganizacion generaria una ganancia en el IS de la sociedad escindida o fusionada. Para defenderse de la denegacion del FEAC por la AEAT, el contribuyente debe aportar el informe de motivo economico valido que documente con datos economicos concretos y cuantificados las razones de negocio de la reorganizacion, demostrando que la estructura tiene sentido economico independientemente del ahorro fiscal que genera.

La regularizacion de la holding: estrategia de defensa

Cuando la AEAT notifica el inicio de un procedimiento de inspeccion de la holding, la estrategia de defensa debe disearse inmediatamente, idealmente antes de la primera comunicacion con el inspector. Los pasos esenciales son: revisar la documentacion disponible para cada posicion fiscal que pueda ser cuestionada (documentacion de precios de transferencia, informe de motivo economico valido del FEAC, test de actividad para la exencion de empresa familiar), identificar las posiciones que pueden defenderse con argumentos solidos y las que presentan mayor riesgo de regularizacion, y preparar el informe pericial tributario que respaldara la posicion del contribuyente con metodologia tecnica objetivable. El informe pericial es especialmente relevante en las inspecciones de la holding porque las cuestiones en debate (valoracion de operaciones vinculadas, test de actividad, valoracion de participaciones) son eminentemente tecnicas y cuantitativas, no meramente juridicas: el inspector de la AEAT tiene su propio criterio de valoracion, y solo un contrainforme pericial riguroso puede rebatirlo con las mismas armas tecnicas. Para la defensa de la holding ante la AEAT en procedimientos de inspeccion, LRB Tax y Legal ofrece defensa ante inspecciones tributarias de holdings y grupos empresariales. Para el informe pericial que rebate la valoracion de la AEAT, ValiTax elabora informes periciales tributarios para la defensa de holdings en inspecciones de la AEAT. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

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