La holding como plataforma de inversion en startups: ESOP, carried interest y capital riesgo

La holding como vehículo para invertir en startups y empresas emergentes

La holding familiar como plataforma de inversion en startups es una estrategia cada vez mas habitual entre los empresarios que han acumulado capital a traves de sus empresas operativas y quieren diversificar hacia el ecosistema emprendedor. Cuando la holding invierte en una startup adquiriendo una participacion minoritaria (tipicamente entre el 5% y el 30% del capital en una ronda seed o Serie A), la estructura de la holding ofrece ventajas fiscales especificas respecto a la inversion directa como persona fisica. La exencion del articulo 21 LIS —que exime del IS el 95% de los dividendos y plusvalias de participaciones— tambien se aplica a las plusvalias que la holding obtenga en la venta de participaciones en startups, siempre que la participacion sea de al menos el 5% del capital y se haya mantenido durante al menos un ano. Para el empresario angel investor que invierte a traves de su holding, esto puede suponer un ahorro fiscal muy significativo en el momento de la salida (cuando la startup es adquirida por un comprador estrategico o sale a bolsa mediante una OPV).

Adicionalmente, la Ley de Fomento del Ecosistema de Startups (Ley 28/2022, de 21 de diciembre) introdujo mejoras en el regimen fiscal de los inversores en empresas emergentes: la deduccion en el IRPF por inversion en startups sube al 50% de la cantidad invertida, con una base maxima de deduccion de 100.000 euros anuales, para inversiones en empresas emergentes que cumplan los requisitos establecidos en la ley (antiguedad maxima de cinco anos, con caracter innovador y con potencial de crecimiento). Sin embargo, esta deduccion del 50% solo se aplica a las inversiones realizadas directamente por personas fisicas, no a las realizadas a traves de una holding. Si el empresario invierte a traves de su holding, pierde la deduccion del 50% en el IRPF pero gana la exencion del 95% en el IS de la holding en el momento de la salida. La eleccion entre invertir directamente o a traves de la holding depende de si se espera una plusvalia elevada en la salida (en cuyo caso la exencion del IS de la holding es mas eficiente) o si el objetivo es la deduccion inicial en el IRPF (en cuyo caso la inversion directa es preferible).

El ESOP y las opciones sobre participaciones de la holding: retencion del talento directivo

Una de las herramientas mas utilizadas por los grupos holding para retener al talento directivo clave es el Employee Stock Option Plan (ESOP): la entrega de opciones sobre participaciones de la holding o de las filiales a los directivos que cumplan determinados objetivos o que permanezcan en la empresa durante un periodo minimo. El tratamiento fiscal de las opciones sobre participaciones en Espana ha mejorado significativamente con la Ley de Startups: para los empleados de empresas emergentes (con antiguedad maxima de cinco anos desde la constitucion, caracter innovador y determinados requisitos adicionales), el limite de la exencion en el IRPF sobre el rendimiento del trabajo obtenido en el ejercicio de las opciones asciende a 50.000 euros anuales (frente a los 12.000 euros del regimen general), y el exceso puede diferirse hasta el momento en que se transmitan las participaciones adquiridas al ejercer las opciones.

El carried interest en las estructuras de capital riesgo: tratamiento fiscal en la holding

El carried interest es la participacion en los beneficios que los gestores de un fondo de capital riesgo (venture capital o private equity) reciben como retribucion por la gestion del fondo, tipicamente calculada como el 20% de los beneficios obtenidos por el fondo por encima de un rendimiento minimo (hurdle rate). En Espana, el tratamiento fiscal del carried interest ha sido objeto de debate durante anos: hasta la Ley de Startups de 2022, la AEAT solia calificarlo como rendimiento del trabajo (sujeto a tipo marginal del IRPF de hasta el 47%), mientras que los gestores argumentaban que deberia calificarse como ganancia patrimonial (sujeta al tipo del ahorro de hasta el 28%). La Ley de Startups introdujo una reduccion especifica del 50% sobre el rendimiento del trabajo derivado del carried interest en determinadas condiciones, lo que supone un tipo efectivo del IRPF de hasta el 23,5% sobre el carried interest, acercando el tratamiento espanol al de otros paises europeos aunque sin llegar a la calificacion como ganancia del ahorro. Para estructurar la inversion en startups desde la holding y optimizar el tratamiento fiscal del ESOP y del carried interest, LRB Tax y Legal ofrece asesoramiento en fiscalidad del capital riesgo y en estructuracion de inversiones de la holding en startups. Para el informe pericial sobre la valoracion de las participaciones de la startup y el tratamiento fiscal de la plusvalia en la salida, ValiTax elabora informes periciales de valoracion de startups y de analisis del tratamiento fiscal del ESOP y el carried interest. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

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